Presentación

El Centro de Arbitraje y JPRD CCAD POZZO & ASOCIADOS, cuenta con su sede institucional en la ciudad de Moyobamba – San Martin y con oficinas a nivel de toda nuestra amazonia y en todo el Perú.

El Centro tiene por finalidad el desarrollo de mecanismos alternativos de resolución de conflictos como la administración de arbitrajes buscando ser un aliado estratégico en el progreso y desarrollo sostenible de la sociedad, bajo el enfoque impartido de una cultura de paz.

Por tanto, su Centro de Arbitraje se estructura de forma sólida en el cumplimiento de sus compromisos institucionales en la administración de servicios de excelencia, destacando la eficiencia y celeridad expedita en la resolución de conflictos

Cláusula Arbitral Modelo

“Las partes convienen que toda controversia, disputa o reclamación derivada de este contrato, o relacionada con él, su interpretación, integración, ejecución, validez o terminación, será resuelta de manera definitiva mediante arbitraje institucional, administrado y organizado por el Centro de Arbitraje y JPRD CCAD POZZO & ASOCIADOS, de conformidad con su Reglamento vigente a la fecha de inicio del arbitraje, al cual las partes se someten de manera expresa, libre e irrevocable.

El laudo arbitral que se emita será definitivo, inapelable y de obligatorio cumplimiento, constituyendo título ejecutivo, renunciando las partes desde ahora a interponer cualquier recurso en su contra, salvo los expresamente permitidos por la legislación aplicable”.

Normativa aplicable al Centro de Arbitraje y JPRD

Conforme al numeral 8.2.7 de la Directiva N° 004-2025-OECE-CD «DIRECTIVA DEL REGISTRO DE INSTITUCIONES ARBITRALES Y CENTROS DE ADMINISTRACIÓN DE JUNTAS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS (REGAJU)», el Centro de Arbitraje y JPRD CCAD POZZO & ASOCIADOS, se sujeta a lo siguiente:

8.2.7.1. Las IA y CAJPRD recién constituidas inscritas en el REGAJU tienen un plazo de tres (03) meses, computados desde la fecha de su inscripción en el REGAJU, para contar con herramientas de gestión de calidad y con políticas antisoborno sujetas a auditoría, conforme al numeral 8.2.4 de la directiva.

8.2.7.2. Las IA y CAJPRD recién constituidas administran controversias menores a 2 000 UIT.