«Las partes acuerdan que las controversias que surjan con relación a la ejecución de la obra objeto del presente Contrato o como resultado de ella serán sometidas, en primer lugar, a la Junta de Prevención Resolución de Disputas (JPRD) conforme al Reglamento de la Junta de Resolución de Disputas del CCAD POZZO & ASOCIADOS”.
